Municipalidad de Copiapó constituye su Comité Operativo de Seguridad
- La instancia reúne a Carabineros de Chile, la PDI y el Ministerio Público para coordinar acciones de prevención en la comuna
En el Salón Manuel Mendoza de la Municipalidad de Copiapó se constituyó el primer Comité de Coordinación Operativa de Seguridad, instancia contemplada en la Ley N.º 21.802 para fortalecer el trabajo conjunto entre el municipio, las policías y el Ministerio Público.
El acta de constitución fue suscrita por el alcalde (s) Virgilio Vásquez; el director de Seguridad Municipal (DISEM), Cristian Monroy; el comisario de la Segunda Comisaría de Copiapó, mayor Jaime Valenzuela; el subprefecto de la PDI Atacama, Luis Millapán; y el representante del Ministerio Público, Samuel Poblete.
Durante la primera sesión, las instituciones revisaron antecedentes sobre los delitos e incivilidades que afectan a la comuna, analizaron su distribución territorial mediante un mapa georreferenciado y abordaron posibles acciones coordinadas.
“Con la constitución de este comité damos cumplimiento a la nueva normativa de seguridad municipal y, al mismo tiempo, avanzamos en una tarea que nuestro alcalde Maglio Cicardini ha impulsado con fuerza: coordinar el trabajo del municipio con Carabineros, la PDI y el Ministerio Público. Queremos que la información sobre los delitos se traduzca en acciones concretas de prevención para nuestras vecinas y vecinos”, señaló el alcalde (s) Virgilio Vásquez.
Por su parte, el comisario Jaime Valenzuela indicó que “todavía estamos en una etapa previa de ajuste del cómo vamos a ir abordando estos comités operativos; sin embargo, esta fue una reunión muy fructífera donde las instituciones que firmamos el acta entregaron antecedentes relevantes y experiencias sobre el comportamiento de los delitos más frecuentes en base a estudios. La finalidad es establecer un margen de acción de acuerdo a las cifras y la identificación de los sectores y los horarios donde más ocurren incivilidades en distintos sectores de Copiapó”.
La Ley N.º 21.802 establece que el comité debe sesionar al menos una vez al mes, mientras que el Consejo Comunal de Seguridad Pública debe reunirse trimestralmente.



